lunes, 6 de septiembre de 2010

Solución a algunas dudas sobre qué se puede y qué no se puede fotografiar

Como fotógrafa de, entre otras cosas, instalaciones de la Universidad Complutense, me he visto en (numerosas) ocasiones interrumpida por que algún bedel me ha impedido fotografiar el sito en cuestión al grito de:"¡quién es usted!" o "¡usted no tiene permiso!". A veces me dan ganas de ser tan educada como ellos y responderles de igual modo: "¿y usted?"...
Para evitar polémica, suelo optar por explicar, aunque ha habido veces que no ha sido suficiente. Pues bien, creo que voy a tener que imprimir estas perlitas que me he encontrado por ahí, sobre todo para cuando no me tenga que enfrentar a los bedeles, sino a los temibles "miembros de las fuerzas de seguridad de yoqueseque":

¿Pueden las fuerzas del orden hacernos borrar las imágenes de nuestra tarjeta de memoria o velar el carrete? No. Bajo ningún concepto.

¿Es legal hacer fotos a un guardia civil u otra fuerza de seguridad o a alguno de sus vehículos? Sí. Eso no quita que por cortesía se les debería informar (no pedir permiso, informar).

¿Puede venir alguien que no se identifique o se identifique como una fuerza de seguridad no española e impedirme hacer fotografías? No. Según la ley 2/1986 solamente Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado dependientes del Gobierno de la nación, los Cuerpos de Policía dependientes de las Comunidades Autónomas y los Cuerpos de Policía dependientes de las Corporaciones Locales son fuerzas de seguridad y tienen potestad para hacer cumplir la ley.

¿Puede alguien ponerme la mano delante del objetivo de mi cámara? No. Ni siquiera un agente de las fuerzas del orden a menos que me esté deteniendo.

¿Puede un vigilante, guardia de seguridad, etc impedirme hacer fotografías en un lugar público? No. En ningún caso.

¿Puede un vigilante, guardia de seguridad, etc impedirme hacer fotografías en un recinto privado, por ejemplo, un centro comercial? Un centro comercial es un recinto privado que pertenece a una empresa, pero mientras esté abierto al público y no se requiera de identificación para entrar, tiene la condición de recinto público, así que se aplica el punto anterior.

Para más información, y fuente de esta "sabiduría":
http://foto.microsiervos.com/general/puedo-hacer-esa-foto.html

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